¿Qué se entiende por Victimización?
Para poder comprender el término victimización, se
debe poder distinguir en primera instancia al sujeto principal, como lo es la víctima,
quien sería la persona que recibe algún tipo de daño físico, psicológico o patrimonial;
así las cosas, la victimización hace especial énfasis en el tipo de perjuicio, y
la protección que acobija a la víctima por parte de las diferentes normativas jurídicas,
al igual que la moralidad social. Ahora bien, retomando el término de victimización desde la victimología, este puede explicarse en forma sencilla como la consecuencia que sufre el sujeto pasivo,
así como sus pares cercanos por parte de la persona agresora, misma que actúa con
dolo durante todo el tiempo que prevalezca su accionar violento hasta que
consume su cometido.
En ese orden de ideas, la persona que se convierte en
victima puede ser el resultado de un evento a lazar (casualidad), vigilancia o
incluso como consecuencia de sus mismas acciones. Según Hernández, Zamora y Rodríguez
(2020) se debe tomar en cuenta que:
“Ciertos estudios se han inclinado por
admitir que la victimización es aquel proceso por el que una persona sufre las
consecuencias de un hecho traumático, observándose algunos factores que
intervienen en la precipitación del hecho delictivo o traumatizante, y, por
otra parte, los que determinan el impacto de tal hecho sobre la víctima.
Mientras otros estrictamente sostienen que una persona es victimizada cuando
cualquiera de sus derechos ha sido violado por actos deliberados y maliciosos
(p.402).’’
Para conocer el texto completo: file:///C:/Users/kapan/Downloads/Dialnet-LaVictimizacionConsideracionesTeoricodoctrinales-7525025.pdf
En ese sentido, la victimización va de la mano con el tipo
de víctima, siendo que, puede tratarse de una persona que se convierte en un
objetivo debido a contextura física (va de la mano con los factores biológicos),
al igual que el ataca se base en la complejidad social del entorno donde se
desarrolla, y hasta la propiciación de las personas como resultado de sus
accionar conductual.
La victimización no solo se encasilla en la afectación de una acción delictiva, ya que, también existen víctimas producto de las guerras, desastres naturales, conflictos sociales mas allá del delito y hasta políticos.; En esa misma línea, la victimización no solo expondrá aquellas violaciones de los derechos de las personas que fueron sometidas por otra persona agresora, sino que, incluye también a las personas detenidas por diversos delitos que se ven perjudicadas dentro de las cárceles, así como del propio sistema judicial.
Como se puede apreciar, un elemento que
esta presente en la victimización es el abuso de poder por parte de las partes
involucradas, dando como resultado una afectación inmediata, capaz de iniciar la
puesta en marcha de una acción para resarcir el daño, ya sea de manera formar a
través de medios estatales disponibles para las personas afectadas, o en casos
extremos por medio de la violencia.
Llegado este punto es
menester referirse a que la victimización gira en torno a dos elementos comunes
concatenados desde dos apreciaciones, como lo son: la conducta nociva, refiriéndose al
comportamiento lesivo, al ejercicio intencional violento y un segundo elemento
centrado en las consecuencias de dicha acción dañosa (Pérez, 2012, p. 4).
Está afectación
en la persona ultrajada o víctima, puede alcanzar tintes de perjuicio a su
dignidad, algo que podría volverse confuso, y hasta generar otro tipo de secuelas
psicológicas y emocionales al no abordarse de la manera idónea; por ende, aunque
la teoría dicte que algunas persona tiene mayor grado de porcentaje en comparación
con otras para experimentar en carne propia una situación delictiva, la
responsabilidad de un incidente ilícito no debe ser catalogada a cierto punto
como culpa de la persona afectada, sino como hecho para reflexionar sobre la importancia de reconocer
la obligación estatal para garantizar la seguridad de cada uno de las personas
ciudadanas, así como desarrollar medidas preventivas que puedan ejecutarse de
forma inmediata.
Generalmente las personas o los medios de comunicación encasillan la victimización con hecho delictivos (robos o asesinatos), sin embargo, es algo que se presenta día a día en diversos cuadros fácticos como las agresiones relacionadas con violencia intrafamiliar o la afectación de por parte de una comunidad por parte del Estado en una situación de su competencia Es importante discernir que esta afectación puede emanar de múltiples situaciones que no necesariamente tienen que relacionarse con el sistema penal, siendo que, esta comprensión errónea es el resultado de años de bombardeo de noticias que exponen el aumento de la inseguridad ciudadana.
Definiciones
Conceptuales de Victimización
En párrafos anteriores
se mencionó sobre el concepto de victimización, y el papel de la víctima en el
desarrollo de las acciones delincuenciales, sin embargo, en los siguientes reglones
se ahondará un poco más respecto al término en cuestión; en ese orden de ideas,
la victimización puede explicarse como la ejecución de una acción ilegal sobre
una persona, misma que termina afectada, y cargando las consecuencias del
impacto del acto como tal.
Ahora bien,
cada persona en su rutina diaria es un sujeto activo que se dedica a realizar
acciones propias de su desarrollo, así como inherentes a responsabilidades laborales,
familiares, y de ocio, por tanto, ese papel se trunca al encontrarse disminuido
a la impotencia por un parte de una personas o grupo de agresores, siendo que,
cambia a una posición pasiva, convirtiéndose automáticamente en una víctima.
Respecto a
este tema se puede encontrar mayor información en el siguiente video:
Visión Victimológica (2021).
Seguidamente,
la victimización puede comprenderse desde un ámbito de agresión tanto física
como psicológica, por lo cual, la persona acarrea dichas afectaciones, y si no
son tratadas de la manera conveniente, pueden evolucionar a problemas mas
graves, causando traumas en la psiquis de las personas involucradas. En todo
caso, la afectación puede ser directa o indirecta, dejando una huella en el sujeto
pasivo, como consecuencia vulneración de sus bienes, derechos humanos u otros.
En consecuencia, el accionar de un sujeto a agresor contra la víctima, algunas conceptualizaciones
indican que la victimización es la consecuencia de un grado de culpa de la
persona afectada, ya sea por una actitud negligente o por la omisión al
cuidado, por consiguiente, estas situaciones terminan por recaer sobre el sujeto
pasivo en cuestión, y general el proceso de victimización. En esa misma línea,
la victimización puede conglomerarse como un proceso que se acciona producto de
una facilitación de condiciones de las personas, terminando por impulsar
comportamientos desviados de ciertos sujetos que tiene la necesidad de
satisfacer sus necesidades violentas, encontrando dichas condiciones favorables
para llevar a cobo su cometido.
Continuando con
el desarrollo de la terminología, resalta la ironía en la justificación por parte de las personas
agresoras, dando como fondo una definición de victimización que se relacionada
con una concatenación de acciones por parte de la víctima, que empoderan al victimario
para decantarse por propiciar una seria de comportamientos moralmente inaceptables
amparados en la consigna que la victima es la responsable al provocarle ya sea
de manera continua o mediante acciones independientes que finalizan en una señal
para atacarle.
Cambiando de
escenario, cuando se trata de situaciones que no tiene un interés netamente emanado
de una acción desviada con alguno de los diversos tipo de perjuicios detallados
en el presente blog, se deriva la victimización como la afectación que acaece en
algún servicio estatal cuando se niega una correcta atención o un derecho de la
persona usuaria, por ejemplo, la falta de acceso real a de una persona usuaria
en un proceso de sanción administrativa, lo cual, le provoca un trato inadecuado
e injusto.
Ante la evolución de las tecnologías de la información, el concepto de victimización cibernética se desarrolla en ese ámbito como la afectación que sufre una persona al utilizar los servicios de internet o alguno de los nuevos servicios de las tecnologías de la información, ya sea por parte de extraños o personas conocidas en temas de estafas bancarias, calumnias, suplantación de identidad o robo de información. Básicamente, se ejemplifica que la agresión y el resultado de la afectación a una victima por parte del victimario se presentan en una gama de escenarios en forma coloraría presentan afectaciones con diversos grados de daño hacia las partes pasivas, por lo tanto, existe un hecho que decanta en la victimización, mismo que no necesariamente se relacionada con violencia o daño físico, sino, que muestra consecuencias en áreas psicológicas o cibernéticas, dejando claro que incluso las personas agresoras no necesariamente deben estar presentes para causar lograr perturbar la vida diaria de su potenciales víctimas; así las cosas, la victimización es claramente es un vulneración a la persona afectada que converge con una seria de factores que en determinado punto dan un resultado final, el cual, es la privación de algo de valor para la persona pasiva (no necesariamente en términos materiales, ya que puede ser mental), y que, a corto o largo plazo, deberá afrontarse en aras de reducir el tipo de daño, mismo que no solo se reduce al sujetos o sujetos agredidos en primera instancia, sino también a aquellas personas que se relacionan con las víctimas.
¿Cuáles son los niveles básicos de victimización?
En cuanto a los niveles de
victimización, se toma en cuenta el sujeto pasivo o individuos afectados, así
como el grado de impacto, y los factores que llevaron a la materialización de
la agresión; a resumidas cuentas los niveles básicos de afectación son: victimización
primaria, secundaria y terciaria; este tipo de clasificación se debe al
criterio del daño generado por el victimario (Pérez, 2012). Por otra parte, se
debe tener presente que la victimización puede ser directa, que, básicamente se
da cuando se da el contacto de agresión contra el sujeto pasivo, y en el otro
extremo, la indirecta, cuando personas no involucradas directamente en el hecho
resultan victimizadas como consecuencia de algún grado de afectación que les
marca de alguna manera. Ahora bien, en primera instancia la victimización
primera es el contacto, y consecuentemente la afectación o daño que recibe la
victima por parte del victimario debido a un hecho de agresión cargado de dolo,
mismo que en ningún momento es causalidad, sino que se origina con toda la
intención de generar una afectación gravosa en el sujeto pasivo, lo cual, da origen
a la relación entre la persona lastimada y el individuo que comete algún tipo
de hecho punible.
En primera instancia, es
necesario comprender que esta victimización primaria se basa en la consecuencia
que e impacto que recibe la personas ofendida o afectada por parte del
victimario, surgiendo de manera paralela al hecho una serie de consecuencias
que podrían ser físicas, morales, sexuales, psicológicas, sociales o
patrimoniales, siendo que, protección es inherente a la seguridad que se supone
debe tutelas el Estado, y que es parte del buscado equilibrio social.
Siguiendo con las clasificación
básica, la victimización secundaria la sufre la persona afectada al recurrir al
sistema penal para realizar la respectiva denuncia por las afectaciones sufridas
por la persona agresora, siendo que, esta solicitud para un esperado
resarcimiento del daño, puede implicar varias elementos de la maquinaria
estatal, como lo es caso de la denuncia inicial en nuestro país en el Organismo
de Investigación Judicial contra ignorado, o la denuncia directa en el
Ministerio Público, que su vez, puede requerir la atención de Trabajo Social y
el Departamento de Psicología, así como la protección de la Oficina Atención y Protección
a la Victima del delito, lo cual crea una serie de ramificaciones en atención a
la persona afectada que podrían decantar en una mala atención de la víctima. Resumiendo,
el concepto se habla de este tipo de victimización cuando la persona sufre una
segunda afectación por parte del sistema estatal de justicia, como consecuencia
de los malos tratos, poca atención e incluso una revictimización diaria de los
hechos debido a la rotación de personal, así como la falta de empatía de la
persona funcionaria.
En el tercer puesto se encuentra
la victimización terciaria, lo cual, aborda el trato por parte del sistema
hacia la persona agresora, ya que, independientemente de lo reprochable de las
acciones del victimario contra la persona pasiva, este no deja de tener
derechos humanos, así como constitucionales. Por consiguiente, existen dos aristas
a mencionar, ya que, dicha victimización de la persona agresora puede presentarse
en la etapa post hecho, misma que involucra al sistema policial, llámese policía
administrativa como respuesta inmediata o la policial judicial en el impulso de
las acciones propiamente investigativas; así las cosas, también continua dicho proceso
en la fase jurisdiccional de penal y de ser el caso, prosigue con el cumplimiento
de la sentencia, dejando en diversos casos, una afectación a la persona imputada
en temas de abuso de autoridad, injusticias penales, así como agresiones dentro
de los Centro de Apoyo Institucional.
Vale la pena recalcar que
dicha victimización no finaliza ahí, ya que, incluso continua al salir la
persona justiciable a la sociedad, misma, que por medio de diversos estereotipos
y discriminaciones perpetua el ciclo de agresión contra el victimario,
independientemente de que dicho individuo cumpliera una condena privativa de libertad.
Si bien es cierto, una condena ejecuta por Tribunal de Juicio en muchos casos no
basta para resarcir el daño provocado a las victimas afectadas por hecho
delictivos, eso no significa que se deba pasar por alto la estigmatización continua
que acobija a las personas privadas de libertad por parte del sistema en su totalidad,
al igual que la marca distintiva que se crea a nivel social, algo que difícilmente
coadyuvara en una reinserción social exitosa.
¿En qué consiste la Revictimización?
Una vez que el sujeto pasivo recibe una
agresión que le vulnera algunos de sus derechos tutelados por el Estado por
parte del sujeto activo o persona agresora, se transforma en víctima, por lo
cual, acorde con el sistema de orden social establecido debe buscar el
resarcimiento del daño por medio del sistema penal; así las cosas, el proceso
de revictimización inicia cuando la personas impone la respectiva denuncia
penal correspondiente, y de una forma u otra (mayormente por temas de un
inadecuado servicio) la persona revive una y otra vez los hechos, ya que, las autoridades
competentes consultan puntalmente para poder esclarecer cada acción que conllevo
a la agresión, y así, poder sancionar a la persona responsable.
En una forma sencilla de
exponerlo, la persona agredida es revictimizada cuando se ve en la necesidad de
volver a revivir el dolor de la agresión original acaecida en primera
instancia, debido a la necesidad procesal llegar a la verdad real de los
hechos; sin embargo, no se trata solo de una declaración (ya que es pieza
fundamental de la denuncia), sino de otra tipo de intervenciones por parte de
las personas involucradas en el proceso, como la aplicación de un preguntas
insensibles e innecesarias, poca empatía, y la exposición amarillista por parte
de los medio de comunicación, mismos que explotan el dolor ajeno para subir sus
ratings.
Al hablar de la
revictimización, es menester referirse a las consecuencias ligadas a este tema,
como por ejemplo la frustración de tener que revivir un doloroso hecho una y
otra vez, el miedo de enfrentar a la persona perpetradora durante el proceso
judicial, la ansiedad que genera tener que declarar frente un Tribunal, así
como la presencia las demás partes participantes en la etapa penal final, así
como la vergüenza de defender su posición ante los cuestionamientos de la
defensa material de la persona imputada, siendo que, en su papel de personas
defensora tratara de afectar la credibilidad del relato de los hechos, algo
que, lógicamente incrementa la vulnerabilidad, aparte de sumar mayor peso a la
carga emocional acumulada, y dar al traste con el proceso sanación emocional
interna que desarrollo la víctima en su psiquis.
Acorde con
Lovatón (S.f) en casos de violencia doméstica es donde se concreta con mayor
reincidencia la revictimización, a saber:
“¿Cómo se concreta esta re-victimización? Uno de los casos en los que la re-victimización aparece con frecuencia es aquel de violencia contra la mujer. De acuerdo a la Organización de los Estados Americanos, la respuesta del sistema de justicia ante los casos de violencia contra la mujer no sólo cuenta con el común denominador de las taras estructurales del sistema (por ejemplo, la insuficiencia presupuestaria o la inestabilidad de los jueces en el cargo), sino que, además, éstas le afectan más.’’ (p. 221).
Continuando
con los casos de violencia doméstica, estas víctimas de agresión intrafamiliar
sufren afectaciones desde diversos ámbitos, siendo que, mayoritariamente es la
población femenina la que interpone solicitudes de medidas de protección,
inicialmente deben exponer los hechos a la policía administrativa, aun cuando
este cuerpo policial solo debe realizar el parte policial, y de ser necesaria
la detención de la presunta persona agresora, algunos elementos se concentran
más en la vida personal privada de la víctima, y su vulnerabilidad del momento
para sacar provecho en otros aspectos que no vale pena mencionar. En esa misma
línea, se presentan casos donde no se realiza el parte policial, pero prácticamente
se entrevista a la víctima, por ende, se revive el dolor, siendo que, se
traslada a un edificio judicial, donde el personal de seguridad (debido a falta
de preparación) entrevista a la persona agredida antes de llamar al Juez o
Jueza disponible de Violencia Doméstica, para que finalmente, la persona
funcionaria administradora de justicia le atiende, para nuevamente corroborar
los hechos para poder decidir cuales medidas de protección le serán otorgadas;
en ese orden de ideas, la situación se vuelven más desgastante para la persona
afectada, al pasar primeramente a una delegación OIJ, exponer su situación, por
tanto, la persona agente o personal administrativo escucha su problema, delega
al Juzgado de Violencia Doméstica, donde la víctima es atendida por personal
técnico para después ser escucha por el Juez o Jueza, y ni que decir, cuando se
traslada también al Ministerio Público para una denuncia por agresión física o
se solicita a la ayuda de la Oficina de Atención y Protección a la Victima, convirtiéndose
en una ciclo de revictimización plenamente extenso.
Lo anterior
recalca lo irónico que puede ser el sistema de justicia con las personas que
son víctimas de algún tipo de delito, ya que, se recurre al mismo en busca de
ayuda, pero durante el proceso deben repetir un doloroso suceso de manera
paulatina, significando alimentar el estrés postraumático que afecta a las
personas que han sufrido experiencias angustiantes relacionados con agresiones
o delitos. A manera de ejemplo de este tipo de revictimización que sufren las
personas por parte del sistema de justicia, resalta el caso del tema sobre el
anticipo jurisdiccional de prueba, donde la parte afectada debido a algún tipo
de amenaza brinda su declaración de forma anticipada, pero si durante la etapa
de juicio colegiado algo sucede, y el juicio debe comenzar de cero o se da un reenvió
por apelación, la victima debe volver a pasar por el cruel trago amargo de
testificar nuevamente los hechos que tanto dolor le causaron, y que, le han
tomado un gran esfuerzo superar tanto física, como psicológicamente. Por lógica
de la experiencia, el suscrito ha presenciado un debate donde las víctimas han
sufrido agresiones con arma de fuego, lo cual, les ha dejado consecuencias
físicas y traumáticas, siendo que, en tres ocasiones por diversas razones dicho
juicio ha vuelto a iniciar, causando que las personas afectadas incluso ya no
quieren seguir adelante con el proceso.
Este tema
toma otros tintes de análisis cuando se refieres a poblaciones vulnerables como
las personas con discapacidad o poblaciones indígenas, mismas que necesitan un
trato equitativo para evitar la revictimización, y poder acceder al sistema de
justicia en una forma eficiente,
En el siguiente video se puede escuchar una mejor explicación del tema:
¿Qué son los contextos
espaciales de ocurrencia?
Los
contextos espaciales de ocurrencia se refieren a los lugares donde se llevan a
como los hechos que implican las agresiones o vulneración de los derechos
tutelados por parte de la persona agresora hacia la persona afectada; por
consiguiente, implica analizar y reconocer los espacios donde potencialmente
puede convertirse en victimas las personas, siendo que, dicho accionar puede
acaecer en al ámbito familiar, en comunidades, escuelas e incluso en lugares de
trabajo.
Estos
espacios se estudian acorde con caracterizaciones que se interrelacionan, y que
podrían influir en las probabilidades para que una persona sea victimizada como
la cantidad de población, disponibilidad de servicios policiales, iluminación, servicios
de seguridad privada, subculturas, entre otros. Conforme a este tipo de
factores, las autoridades competentes, y actores sociales participativos pueden
analizar medidas, así como crear estrategias eficientes para la prevención del
delito; dentro de este tipo de clasificación se puede citar la victimización
Social, Victimización comunitaria y Victimización intrafamiliar (Pérez, 2012).
Victimización
Intrafamiliar: este tipo victimización se presenta dentro del contexto
relacionado con el ámbito familiar, siendo que, la agresión se materializa por
parte de un miembro de la familia hacia otro contra el resto de los integrantes
por medio de la denigración de sus derechos, abusos psicológicos, sexuales o
violencia física de manera paulatina. Al presentarse este tipo de agresión
dentro de un ambiente privado, la victima presenta dificultades para solicitar
ayuda o en su defecto, presentar solicitar medidas de protección en un juzgado
de Violencia Domestica.
Imagen 6. Violencia Intrafamiliar (Espinoza, s.f).
Mayormente,
la persona agresora se centraliza en la figura del hombre y las víctimas son su
pareja, así como personas menores de edad, sin embargo, con el transcurso de
los años, sobresalen escenarios donde los hijos agreden a los padres, o casos
donde la esposa agrede al resto de la familia; es menester mencionar que este
tipo agresión es compleja, ya que, se presenta en lo interno de la familia, y,
por razones de vergüenza, miedo o congoja no se denuncian muchos de estos
casos. Este comportamiento nocivo que acaba con el resquebrajamiento de la
estabilidad y seguridad que se supone debe proveer la familia se basa en una
posición de poder, donde la persona agresora necesita hacer valor su posición
de a mando, independientemente que sea a costa del sufrimiento y daño a la
dignidad de sus seres queridos; en esa misma línea, este accionar se
contextualiza alrededor de factores de dependencia económica, religión,
costumbres sociales, falta de comunicación asertiva, etc.
Victimización
Social: este tipo de victimización se refiere a las afectaciones o que
experimentan las personas en ámbitos estructurales, sociales, culturales, religiosos
o morales; en ese orden de ideas, el daño que reciben pueden ser tanto como un
grupo en general, así como ciertos estratos sociales en condiciones de
vulnerabilidad en cuyo caso el impacto es mayor. En ese orden de idas, algunos
ejemplos de la materialización de este accionar son:
1.
La
mala distribución de las riquezas, lo cual aumenta la estratificación de clases
sociales, perpetuando el ciclo de la pobreza extrema, y el acaparamiento de los
recursos de clases privilegiadas.
2.
La
trata de personas en las fronteras, donde las personas migrantes sufren una
diversas de afectaciones por parte de los “coyotes’’ que les cobran para
ingresar de manera ilegal en los países de la zona en busca de un mejor futuro.
3.
La
explotación sin censura de forma ilegal de pornografía de mujeres, hombres, y
personas menores de edad, algo, que afecta la dignidad, aspectos psicológicos y
valores morales.
4.
El
miedo y agresiones ejercidas por medio de las agrupaciones criminales que se
dedican al narcomenudeo, siendo que, este tipo de organizaciones controlan
barrios completos bajo la ley del miedo, así como se apropian de casas, al
igual que zonas verdes para el disfrute de la ciudadanía.
Victimización
Comunitaria: en un mundo perfecto, el Estado debería estar en posición de poder
propiciar un desarrollo humano sano y seguro por parte de las personas
ciudadanas, lo cual, abarca un total y pleno goce de los derechos humanos, así
como fundamentales; sin embargo, la victimización comunitaria muestra lo
contrario, ya que, se desarrolla en agresiones a través de comportamiento
desviados que lesionan los derechos tutelados que deben mantenerse para el
equilibrio social establecido acorde con las normas de control social
establecidas para la sana convivencia. Teóricamente la solución para este tipo
de victimización se centra en la creación de políticas y medidas de seguridad públicas
que buscan la prevención de los hechos delictivos, no solo en etapa del
desarrollo de la acción ilícita como tal, sino anterior y posterior al hecho,
lo cual, significa una prevención primaria, secundaria y terciaria.
De
igual forma, no se puede pretender que todo el peso de la responsabilidad quede
en los brazos del Estado, sino que, también la prevención de la victimización
comunitaria recae los planes preventivos de la ciudadanía como comunidad
respecto a los normas y valores que debe tener cada ciudadano para poder
contrarrestar los comportamientos desviados; por tanto, es una tarea que
requiera una interdependencia del Estado, Ciudadanía y Actores sociales
(entidades pública – privadas).
Referencias:
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